
¿Democracia? ¿Libertad de expresión? Si hiciéramos una lista de los países en los que existe realmente eso, no lo duden, entre ellos no estaría España y mucho menos la España actual. El gobierno que preside Pedro Sánchez tiene intención de multar y de perseguir penalmente a todos aquellos que se reúnan delante de clínicas abortistas para intentar evitar que las mujeres que acudan allí acaben con las vidas de sus hijos.
Su intención es llevar una ley para que sea aprobada en el Parlamento. Se espera que todos los partidos apoyen esa ley, excepto PP y Vox.
Por ese motivo, la asociación Abogados Cristianos señala que incluso con esa modificación quien quiera puede seguir acudiendo ante los centros abortistas a rezar y a entregar información sobre el aborto y las posibles ayudas para embarazadas. Además, han publicado una guía de informaciones legales útiles para quien acuda a las clínicas abortistas a rezar o repartir información:
- Puedes ir a rezar ante un centro de abortos
- Puedes informar a las mujeres y a sus acompañantes sobre lo que en realidad es un aborto, ya que no existe violencia en hablar e informar; también puedes facilitarle información escrita si la desean coger.
- Para que exista un delito de coacciones o de acoso es indispensable que exista violencia o intimidación, por lo que si te acercas educadamente y sin ni siquiera tocar a la otra persona jamás se te podrá imputar un delito.
- Si la policía te pide la documentación puedes facilitársela sin problema; si la policía te pide que te alejes del centro de abortos deberás preguntarle por qué, y si, su solicitud no está suficientemente fundamentada o es errónea, puede tratarse de un caso de abuso de autoridad que podrías denunciar.
- Si alegan que se trata de una concentración ilegal, para ello deben juntarse más de 20 personas, y si te estás moviendo, aunque sea alrededor del centro de abortos, no puede hablarse de concentración.
- Si te dicen que no puedes rezar, es mentira, y si te lo prohíben o impiden, podrían estar cometiendo un delito recogido en el artículo 522 y siguientes del Código Penal.
La ley permitiría lo siguiente:
- Rezar frente a las proximidades de los centros de aborto, permaneciendo siempre de manera pacífica y sin impedir expresamente el acceso ni el tránsito por la vía pública.
- Informar pacíficamente a las mujeres sobre posibles alternativas al aborto, así como sobre entidades y fundaciones que puedan atenderla y suministrar información sobre ayudas públicas a la maternidad.